Microempresas y autónomos con negocio
Desde 2023 las microempresas cuentan con un procedimiento especial (Libro III de la Ley Concursal, arts. 685 a 720) que sustituye al concurso ordinario y al preconcurso.
- Menos de 10 trabajadores de media el año anterior
- Volumen de negocio inferior a 700.000 € o pasivo inferior a 350.000 €
- Tramitación más ágil, mínima intervención judicial y formularios electrónicos
- Puede iniciarse ya en fase de probabilidad de insolvencia
Vía de continuación para el negocio viable pero ahogado por las deudas (arts. 697-704), o vía de liquidación para cerrar de forma ordenada, con o sin venta de la empresa en funcionamiento.

