Insolvencia actual e inminente: los tres meses que marcan la diferencia
No hace falta haber llegado al fondo para acceder al procedimiento. La ley admite la insolvencia inminente, y esa puerta es más ancha de lo que parece.
En breve
- Insolvencia actual: ya no puede atender sus pagos con regularidad.
- Insolvencia inminente: prevé no poder cumplir de forma regular y puntual en los tres meses siguientes.
- Ninguna de las dos se acredita con una descripción: se acredita con números.
- Actuar en fase inminente amplía las herramientas disponibles.
Una idea muy extendida frena consultas a diario: pensar que hay que estar completamente hundido para poder plantear este procedimiento. La ley no dice eso.
Las dos situaciones
Insolvencia actual
Es la que todo el mundo imagina: el deudor ya no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles. No significa no tener nada; significa que los ingresos y el patrimonio disponible no permiten atender los vencimientos conforme llegan.
Insolvencia inminente
Es la que casi nadie conoce. Se da cuando el deudor prevé que no podrá cumplir de forma regular y puntual en los tres meses siguientes. Es una situación de previsión, no de constatación.
La insolvencia inminente no es una intuición: es una previsión que se sostiene sobre vencimientos, ingresos y saldos.
Por qué el matiz cambia el caso
Quien actúa en fase inminente conserva más margen: en general, más patrimonio que proteger, menos ejecuciones abiertas, menos costas acumuladas y un pasivo más ordenado. La diferencia entre plantear el asunto ahora o dentro de un año no suele estar en los requisitos, sino en cuántas herramientas quedan disponibles.
Eso no significa que exista un plazo general para informarse ni que esperar tenga un coste automático. Significa que algunas decisiones, una vez tomadas, ya no se pueden deshacer.
Cómo se acredita
- Cuadro de vencimientos de los próximos meses: cuotas, plazos y vencimientos fiscales.
- Ingresos regulares acreditados: nóminas, rendimientos de la actividad, prestaciones.
- Saldos disponibles y activos realizables a corto plazo.
- Reclamaciones recibidas, requerimientos y procedimientos abiertos.
De ese cruce sale la respuesta. No de una impresión sobre lo mal que va todo.
Un apunte para autónomos
En la actividad económica la insolvencia inminente es especialmente relevante, porque el procedimiento especial de microempresas puede iniciarse incluso en fase de probabilidad de insolvencia. Cuanto antes se analiza, más opciones existen de ordenar la salida sin arrastrar el patrimonio personal.
Aviso. Contenido divulgativo. No constituye asesoramiento jurídico individualizado ni promesa de resultado alguno: el resultado depende del análisis del expediente y, en su caso, de una resolución judicial.
Normativa de referencia: Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020), reformado por la Ley 16/2022. Materia en evolución: conviene comprobar la vigencia de los criterios citados antes de tomar decisiones.
¿Cuánto de su deuda es realmente exonerable?
No hay forma de saberlo sin ver la lista de acreedores y el desglose de cada certificado. La primera reunión sirve exactamente para eso: poner números donde ahora hay suposiciones.
