Estoy al día con la hipoteca pero ahogado por lo demás: qué cambia
Es un perfil muy frecuente: la cuota de la casa es sagrada y se paga la primera, aunque para ello haya que financiar el resto de la vida.
En breve
- Estar al día con la hipoteca sitúa el caso en un escenario distinto: el acreedor conserva garantía y acción.
- La deuda que ahoga suele ser la no garantizada: tarjetas, microcréditos y financieras.
- La vía del plan de pagos permite no liquidar la vivienda, a cambio de extenderlo a cinco años.
- Sostener la hipoteca a base de crédito nuevo empeora el punto de partida.
Hay un orden de prioridades casi universal: la hipoteca se paga primero, cueste lo que cueste. Y lo que suele costar es financiar con tarjetas y microcréditos todo lo demás.
Qué significa estar al día
Que el acreedor hipotecario conserva su garantía y su acción sobre el bien, y que no hay un procedimiento de ejecución en marcha. Es una posición mejor que la contraria, pero no es neutra: condiciona la elección de vía.
La deuda hipotecaria, además, no se exonera dentro del valor de la garantía. Es decir: aunque se acuda al procedimiento, esa parte sigue ahí, con su cuota y su calendario.
El problema, en este perfil, casi nunca es la hipoteca. Es todo lo que se ha ido acumulando alrededor para poder pagarla.
Dónde está el pasivo que sí se puede tratar
- Préstamos personales y créditos al consumo.
- Tarjetas revolving, con sus intereses acumulados.
- Microcréditos y líneas de financieras.
- Descubiertos y comisiones asociadas.
- Deuda pública, en su tramo exonerable.
Ese bloque es deuda privada ordinaria y, en principio, exonerable. Cuando desaparece, la cuota hipotecaria vuelve a ser sostenible en muchos casos.
La elección de vía en este escenario
La vía del plan de pagos permite no liquidar la vivienda habitual, a cambio de un plan de cinco años en lugar de tres. Para quien tiene ingresos regulares y una hipoteca que puede sostener, suele ser el escenario a estudiar primero.
Con la advertencia de siempre: la exoneración es provisional hasta que el plan se cumple, y los acreedores que superen el 40 % del pasivo afectado pueden impugnarlo.
Lo que conviene no hacer
Seguir cubriendo la cuota con crédito nuevo. Cada financiación adicional para pagar una deuda anterior empeora el punto de partida: aumenta el pasivo, multiplica los acreedores y complica el expediente. Antes de firmar nada nuevo, conviene preguntar.
Aviso. Contenido divulgativo. No constituye asesoramiento jurídico individualizado ni promesa de resultado alguno: el resultado depende del análisis del expediente y, en su caso, de una resolución judicial.
Normativa de referencia: Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020), reformado por la Ley 16/2022. Materia en evolución: conviene comprobar la vigencia de los criterios citados antes de tomar decisiones.
La respuesta sobre su vivienda depende de dos números
Lo que vale hoy y lo que queda de hipoteca. De ahí sale qué parte de la deuda es exonerable y qué escenarios son posibles. Nunca hay garantías, pero sí hay cálculo.
