«Solidariamente»: la palabra del contrato de aval que lo cambia todo
Está en la letra pequeña de casi todos los avales bancarios, y decide si le pueden reclamar a usted el primer día o el último.
En breve
- En la fianza simple opera el beneficio de excusión: primero se va contra el deudor principal.
- Si el aval es solidario, ese beneficio se ha renunciado y le pueden reclamar directamente.
- En la práctica bancaria la inmensa mayoría de los avales son solidarios.
- La deuda asumida por avalar es, en principio, exonerable como cualquier deuda privada.
Cuando alguien avala, suele pensar que actúa como una red de seguridad de segundo nivel: si el otro no paga, entonces me reclamarán a mí. En la mayoría de los contratos bancarios eso no es exacto.
Dos figuras que parecen la misma
Fianza simple
El fiador puede exigir que el acreedor persiga primero los bienes del deudor principal. Es lo que el Código Civil llama beneficio de excusión: una especie de turno de orden.
Fianza o aval solidario
Ese turno se ha renunciado. El acreedor puede dirigirse contra el avalista directamente, sin necesidad de agotar antes la vía contra quien pidió el préstamo.
Desde ese momento la deuda es tan suya como del deudor principal, aunque usted no viera un euro.
Dónde mirarlo
En la escritura o en la póliza, en la cláusula de afianzamiento. Busque las palabras «solidariamente», «con renuncia expresa a los beneficios de orden, excusión y división» o fórmulas equivalentes. Suelen ir en un párrafo denso, entre condiciones generales.
Si aparecen, el aval es solidario. Y en la práctica bancaria española, casi todos lo son.
Qué consecuencias tiene en un procedimiento de insolvencia
- El acreedor puede reclamarle sin haber ejecutado antes al deudor principal, y puede hacerlo desde el primer impago.
- Esa deuda es suya a todos los efectos y, por tanto, computa en su pasivo cuando se analiza su propia situación.
- Y aquí está la parte que casi nadie cuenta: esa deuda es, en principio, exonerable igual que cualquier otra deuda privada.
El momento importa
Revisar el contrato antes de que exista ejecución abierta deja más opciones que hacerlo después. Con la reclamación ya en marcha, se estrecha el margen para discutir el alcance de lo garantizado, la cuantía o la prescripción.
Cada aval tiene matices contractuales propios: la respuesta útil sale de leer el documento concreto, no de una regla general.
Aviso. Contenido divulgativo. No constituye asesoramiento jurídico individualizado ni promesa de resultado alguno: el resultado depende del análisis del expediente y, en su caso, de una resolución judicial.
Normativa de referencia: Código Civil, artículos 1822, 1830 y 1831, y Texto Refundido de la Ley Concursal (RDL 1/2020). Materia en evolución: conviene comprobar la vigencia de los criterios citados antes de tomar decisiones.
¿Cuánto de su deuda es realmente exonerable?
No hay forma de saberlo sin ver la lista de acreedores y el desglose de cada certificado. La primera reunión sirve exactamente para eso: poner números donde ahora hay suposiciones.
